SANTO DOMINGO.— La Sociedad Dominicana de Juristas (SDJ) informó el inicio de una revisión técnico-jurídica del Decreto núm. 601-26, que aprueba el Reglamento para la Supervisión del Béisbol Profesional y Recreativo y de las Academias, Ligas y Programas de Desarrollo, con el propósito de analizar su alcance y determinar su conformidad con la Ley núm. 2-25, que regula aspectos de la relación contractual de los prospectos de béisbol.
La revisión se concentra, entre otros aspectos, en determinar si algunas disposiciones del reglamento podrían exceder el ámbito de la potestad reglamentaria del Poder Ejecutivo o generar contradicciones con las garantías establecidas por la legislación especial.
Supervisión de atletas no contratados
Uno de los puntos objeto de análisis es el párrafo III del artículo 19 del Decreto 601-26, que atribuye a la Dirección Ejecutiva facultades de supervisión y la posibilidad de realizar pruebas antidopaje a jugadores no contratados.
La SDJ examinará si estas facultades encuentran fundamento suficiente en la legislación vigente, tomando en consideración que la Ley 2-25 establece un régimen especial referido a la relación contractual de los prospectos contratados y asignados a la Dominican Summer League (DSL).
La entidad analizará, particularmente, si la extensión de determinadas facultades de supervisión a atletas que aún no mantienen un vínculo contractual podría implicar una ampliación del ámbito material previsto por la ley.
Régimen de arbitraje
Otro aspecto relevante corresponde al párrafo II del artículo 57 del Decreto 601-26, que contempla la posibilidad de acudir a cualquier foro arbitral internacional o privado, conforme a la autonomía de la voluntad.
Esta disposición será contrastada con el párrafo I del artículo 8 de la Ley 2-25, que establece condiciones específicas para los contratos de prospectos de la DSL, incluyendo que el arbitraje tenga lugar en la República Dominicana, se desarrolle en español y sea gratuito para el jugador respecto de tasas y honorarios arbitrales.
La SDJ analizará si la coexistencia de ambas disposiciones garantiza suficiente seguridad jurídica o si podría generar incertidumbre respecto de las garantías aplicables a los adolescentes que participan en programas de desarrollo.
Protección de los menores
La revisión también abordará la relación entre las disposiciones del Decreto 601-26 sobre el interés superior del niño y las garantías previstas en la Ley núm. 136-03, y la naturaleza de contrato especial de carácter civil que la Ley 2-25 atribuye a la relación con los prospectos.
El objetivo será determinar cómo deben articularse estos regímenes y si las disposiciones reglamentarias complementan adecuadamente la protección jurídica de los menores.
Informe técnico
La SDJ aclaró que esta revisión constituye un análisis técnico-jurídico en curso y no supone una conclusión anticipada sobre la legalidad o ilegalidad del Decreto 601-26.
Una vez concluido el estudio, la entidad presentará un informe con sus conclusiones y, de ser procedente, recomendaciones dirigidas a los órganos competentes y a la opinión pública, con el propósito de contribuir a la claridad normativa, la seguridad jurídica y la adecuada protección de los derechos de los prospectos de béisbol. Descargar el decreto
